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Políticas de seguridad

El término política de seguridad se suele definir como el conjunto de requisitos definidos por los responsables directos o indirectos de un sistema que indica en términos generales qué está y qué no está permitido en el área de seguridad durante la operación general de dicho sistema ([Org88]). Al tratarse de `términos generales', aplicables a situaciones o recursos muy diversos, suele ser necesario refinar los requisitos de la política para convertirlos en indicaciones precisas de qué es lo permitido y lo denegado en cierta parte de la operación del sistema, lo que se denomina política de aplicación específica ([MPS+93]).

Una política de seguridad puede ser prohibitiva, si todo lo que no está expresamente permitido está denegado, o permisiva, si todo lo que no está expresamente prohibido está permitido. Evidentemente la primera aproximación es mucho mejor que la segunda de cara a mantener la seguridad de un sistema; en este caso la política contemplaría todas las actividades que se pueden realizar en los sistemas, y el resto - las no contempladas - serían consideradas ilegales.

Cualquier política ha de contemplar seis elementos claves en la seguridad de un sistema informático ([Par94]): Para cubrir de forma adecuada los seis elementos anteriores, con el objetivo permanente de garantizar la seguridad corporativa, una política se suele dividir en puntos más concretos a veces llamados normativas (aunque las definiciones concretas de cada documento que conforma la infraestructura de nuestra política de seguridad - política, normativa, estándar, procedimiento operativo...- es algo en lo que ni los propios expertos se ponen de acuerdo). El estándar ISO 17799 ([Sta00]) define las siguientes líneas de actuación:
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2003-08-08